Participar de la vida cultural es un derecho de todas las personas.
Esto implica que los Estados reconozcan y aseguren que las personas con discapacidad:
Tengan acceso a material cultural en formatos accesibles;
Tengan acceso a programas de televisión, películas, teatro y otras
actividades culturales en formatos accesibles;
Tengan acceso a teatros, museos, cines, bibliotecas y servicios
turísticos y, en la medida de lo posible, tengan acceso a monumentos
y lugares de importancia cultural nacional.
Además, la Convención subraya la importancia de que las personas con discapacidad sean
creadoras de sus propias obras, a partir del desarrollo y utilización de su potencial
creativo, artístico e intelectual, no sólo en su propio beneficio sino también
para el enriquecimiento de la sociedad.
¡Valorar la diversidad nos nutre a todos!
Si quieres saber más acerca de la CDPD ingresa a:
www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf